Procedimiento de revisión y reclamación de las calificaciones
Según la ORDEN de 3 de junio de 2020 por la que se regula el derecho del alumnado a una evaluación objetiva y se establece el procedimiento de revisión y reclamación de las calificaciones y de las decisiones de promoción, certificación u obtención del título correspondiente (orden entera en Normativa), se establece los siguiente:
Los alumnos o sus tutores tienen el derecho a reclamar la calificación final o la decisión de promoción, siempre que lo hagan por escrito y en el plazo de dos días desde la comunicación oficial de la calificación. No basta con formular la reclamación o revisión de calificaciones, promoción o titulación sin argumentar o justificar su desacuerdo.
El departamento que corresponda, en el primer día hábil siguiente al que finalice el periodo de solicitud de revisión de calificación, contrastará las actuaciones y procedimientos seguidos en el proceso de evaluación, teniendo en cuenta la adecuación de los instrumentos de evaluación aplicados a los recogidos en la programación didáctica, y emitirá un informe motivado y razonado modificando o ratificando la calificación primeramente otorgada (especificando la nueva calificación).
Si el desacuerdo de los interesados persiste tras el proceso de revisión, estos podrán solicitar por escrito a dirección que eleve la reclamación a la Delegación Provincial.
Todos los documentos deberán llevar sello de registro (entrada o salida) y deberán seguir los modelos correspondientes.
DOCUMENTOS